miércoles, 25 de agosto de 2021

Louredo al principio del Ensenada

En cuatro sencillas entregas, publiqué las primeras páginas del Catastro de Ensenada sobre san Juan de Louredo, Cortegada. Todo muy de andar por casa: tomando la digitalización en línea del portal PARES, el doctor en Historia, don Rodrigo Pousa, fue dictándome lo que leía, mientras que yo puse por escrito un texto similar al del documento. Digo similar, porque no es una transcripción, sino una traducción a castellano, de modo que cualquiera pueda leerlo con fluidez. Es una aportación divulgativa, pendiente de un repaso, y que abriría la puerta a una futura transcripción, que bien podría ir acompañada de algunas explicaciones sobre términos que un profano no comprende. 

Cada una de las cuatro publicaciones fue introducida por diferentes textos que explican qué es el Catastro de Ensenada, su contenido e importancia. Ahora, recupero solo el texto sobre Louredo que, bien que mal, viene a decir...


En el lugar y coto de Loredo, feligresía de san Benito de la Arnoya, jurisdicción de Milmanda, a veinte días del mes de noviembre de mil setecientos cincuenta y dos, ante el señor don Gregorio Rodríguez Carpintero, subdelegado de la única real contribución, nombrado por la real junta, bajo las órdenes del señor don Francisco Javier García Serón, del consejo de su majestad, ministro privativo para el establecimiento de la referida única contribución en la que su merced se halla entendiendo como tal subdelegado en este referido lugar de Loredo para evacuar las respuestas del interrogatorio impreso de la letra A sobre las preguntas generales que comprehende en la operación conducente a este dicho lugar y su término. 

Habiendo precedido recado cortesano a don Juan Ramírez Alastri abad y cura propio de la feligresía de san Benito de la Arnoya de la que es el pre citado lugar y coto de Loredo, comparecieron don Lorenzo Suárez, teniente corregidor y justicia ordinaria en dicha jurisdicción de Milmanda, Juan Antonio Rebollo, escribano de número y ayuntamiento de ella, don Pedro Vergara, vecino de la feligresía de Pontedeva, don Antonio Rodríguez, de la de san Pedro de Poulo, que son de esta dicha jurisdicción de Milmanda, y don Pedro Espada, vecino del lugar de Almariz que es de la jurisdicción de Paizás y encomuiña. Peritos nombrados por su merced Bartolomé Álvarez, Francisco González y Manuel Martínez. Peritos nombrados por dicha justicia. Unos y otros de buena fama y opinión, conocimiento y práctica de las personas, casas, tierras, número de ganados, calidades, cabidas, frutos, cultura, artes, oficios, comercios, industrias y demás utilidades. Dando principio a dichas declaraciones y bajo el juramento que tienen hecho de decir verdad de lo que supieren y fuere preguntado, según alcanzaren su saber y entender en el que se ratificaron de que yo, el presente escribano doy fe. Y siendo preguntados al tenor de dicho interrogatorio que va por cabeza al cual y su contenido depusieron lo siguiente. 

A la primera pregunta de dicho interrogatorio dijeron que este lugar se llama Louredo, feligresía de san Benito de la Arnoya, jurisdicción de la villa de Milmanda, muy antiguo y como tal conocido en el reino, y en especial en la provincia de Orense. 

 

Y responden a la segunda pregunta de dicho interrogatorio dijeron que este referido lugar y su término es de señorío y, como tal, pertenece al marqués de Malpica y Povar, conde de Gondomar, quien pone Corregidor y justicia ordinaria en dicho lugar y más de dicha jurisdicción de Milmanda, como también teniente corregidor. Y les despacha sus títulos y lo mismo hace con las dos escribanías de número, sin que por ello tengan entendido perciba derechos algunos, ni ellos se los paguen. Solo sí percibe dicho marqués el derecho de luctuosa, que se entiende la mejor alhaja de la cabeza de casa que fallece y de él queda a su muerte. Y por ella la en que se ajusta en el factor del mayordomo, que actualmente lo es Francisco Pérez, vecino de la feligresía de santa Eufemia, de esta jurisdicción. Por lo que no pueden regular a punto fijo lo que importará cada año la luctuosa en este dicho lugar. Remítense a la relación que por dicho factor se diese. Saben por de cierto que dicho marqués percibe por derecho vasallaje en este lugar treinta reales de vellón cada un año por el pedido que llaman de san Juan. Seis reales vellón cada un año. 

Y responden a la tercera pregunta de dicho interrogatorio, dijeron que el término que ocupa este dicho lugar y coto es tres partes de él es tierra fragosa y quebrada y la cuarta parte restante que en el sitio que ocupa dicho lugar con algún pedazo de término a su alrededor llano. Y tendrá de diámetro un cuarto de legua, que se andará en el discurso de media hora y su circunferencia en tres ocupa de levante por línea recta en su diámetro medio cuarto de legua de norte a sur un cuarto de legua y su redondez tendrá una legua que por las entradas quebradas, altos y bajos del terreno se andará en las referidas tres horas. Y los linderos y confrontaciones de su giro a levante es la feligresía de san Verísimo de Refojos. Lo siguiendo así al norte el río llamado Arnoya, que pasa al Miño (...)

Los textos pertenecen a la versión digitalizada del Catastro, consultable en PARES.

 

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